miércoles, 17 de septiembre de 2014

BENEFICIOS FISCALES PARA PAGO DE CONTRIBUCIONES DE MEJORAS EN AV. PRESIDENTE MASARYK

En comunicado conjunto, el Secretario de Finanzas, Edgar Amador Zamora, y el jefe delegacional en Miguel Hidalgo, Víctor Hugo Romo, informaron que el proyecto de remodelación de la Avenida Presidente Masaryk se tiene estimado finalice en el segundo semestre de 2015, en virtud de lo cual las Contribuciones de Mejoras sólo se empezarán a cobrar a partir de la fecha en la cual se pondrá en servicio la obra, es decir, hasta dentro de más de un año.

El esquema de contribuciones de mejora, abundaron, es un mecanismo del Código Fiscal que permite incrementar la inversión en zonas de alta plusvalía en beneficio directo de propietarios de inmuebles en dicha zona, por lo cual dicho esquema es apropiado para el financiamiento de proyectos de rehabilitación de espacios públicos.

Cabe recordar que las Contribuciones de Mejoras se pagarán a partir de finalizada la obra, en un plazo de seis bimestres, en cantidades iguales y sucesivas.

Asimismo, se dará la facilidad adicional para que las Contribuciones de Mejoras se paguen en parcialidades en un plazo hasta de cuarenta y ocho meses.

En virtud de que el proyecto de remodelación de la Avenida Masaryk finalizará en 2015, será hasta ese año que el Gobierno del Distrito Federal, por decisión del Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, y en apoyo a la economía de los capitalinos, publique la Resolución de Carácter General mediante la cual se condona, a petición de parte, el pago de las Contribuciones de Mejoras en Avenida Presidente Masaryk.

Este acuerdo tendrá por objeto que el Gobierno del Distrito Federal otorgue una condonación del 100% en el pago de las Contribuciones de Mejoras causadas en el ejercicio fiscal 2015, a las personas que así lo soliciten y que sean propietarias o poseedoras del suelo o del suelo y las construcciones adheridas a él, en viviendas de uso habitacional y se encuentren dentro del perímetro de influencia de la obra de acuerdo a lo establecido en el Código Fiscal del Distrito Federal.

Por: yelo

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